Manejo de la presentación de notificación de acuerdo con el artículo 3 de la Ley de Registros de Remesas al Extranjero
De conformidad con el artículo 3 de la «Ley sobre la presentación de registros relativos a las remesas al extranjero, etc., para garantizar la tributación adecuada de los impuestos internos (Ley Nº 110 de 1997)», la persona que efectúa una remesa al extranjero, etc., debe presentar una notificación en la que se indique el nombre o la denominación, la dirección, el número de identificación personal o el número de identificación empresarial, así como los detalles de la transacción o el acto que dan lugar a la remesa al extranjero y otras cuestiones estipuladas en la Ordenanza del Ministerio de Finanzas al realizar una remesa al extranjero.
Al utilizar el servicio de transferencias internacionales de dinero proporcionado por nuestra compañía, el cliente confirma y acepta sustituir la presentación de dicha notificación por el registro de la información necesaria con nuestra compañía.
(Esta traducción se proporciona para ayudar la comprensión del cliente. Si hay alguna discrepancia entre la traducción y el texto en japonés, prevalecerá el contenido del texto en japonés.)



